VECINO MOROSO

¿QUÉ HACEMOS CON EL VECINO MOROSO?

Cada vez más comunidades de vecinos se encuentran con el problema de un vecino que no paga debidamente las cuotas de la comunidad o las derramas, acumulando una deuda que en algunos casos llega a ser insostenible o debe ser pagada por el resto de propietarios, es el vecino moroso. ¿Qué podemos hacer para que pague el dinero que debe?

¿Qué es un vecino moroso?

Un vecino moroso es aquel propietario que no está al día con sus pagos comunitarios, ya sean ordinarios o extraordinarios. Dichos pagos son aprobados por la Junta de Propietarios y serán obligatorios para todos los vecinos propietarios de una vivienda o inmueble.

1. Cuando un propietario de una vivienda deja de pagar los gastos de comunidad, lo primero es intentar solucionarlo por la vía del diálogo.

No sabemos si este propietario está pasando un mal bache económico o por enfermedad y  podemos  llegar a un acuerdo amistoso en los pagos.  Actuar de buena fe contra propietarios morosos es una vía que hay que agotar, dado que siempre va a ser menos costoso que irnos a un proceso judicial de reclamación de deuda, pero siempre evitando que ésta vaya en aumento.

 

2. Si vemos que por este vía no se soluciona el problema, lo más sencillo es reclamar la deuda a través de la Petición inicial de  Procedimiento Monitorio. No se requiere abogado ni procurador, aunque es recomendable que el proceso esté asesorado por un abogado:
  • Bien el presidente, bien el Administrador de la finca deben asegurarse de que el deudor es el propietario de la vivienda y solicitar una nota simple al Registro de la Propiedad.
  • Se convocará una junta extraordinaria en la que se apruebe la liquidación de la deuda, constando en acta los impagos.
  • Notificar al propietario moroso, a través de burofax, el requerimiento del pago en un plazo de 20 días. Transcurrido un plazo de tres días, se considera realizada la notificación al deudor.
  • Cuando se sigue sin saldar la deuda, el presidente de la comunidad, autorizado por la Junta, la reclamará ante el juzgado y solicitará al Juzgado, mediante una petición, la creación de un título ejecutivo para reclamar el impago con los documentos y facturas demostrativas de la deuda. Si el propietario moroso salda la deuda antes de 20 días, se paraliza el proceso y se archivarán las actuaciones.  Si no, el juez dictará auto de ejecución contra los bienes del moroso por el importe reclamado más los intereses.

 

3. ¿Qué pasa si el vecino moroso  se opone al proceso y no salda la deuda?

En este caso se tendrá que reclamar la deuda  a través del procedimiento judicial que corresponda, esta vez con la necesidad de un abogado. Aun así, cuando el deudor se oponga a la petición inicial del proceso monitorio, el acreedor podrá solicitar el embargo preventivo de bienes suficientes de aquél, para hacer frente a la cantidad reclamada, los intereses y las costas.

Contar con un administrador de fincas que a la vez ofrezca asesoría legal y jurídica como servicio, contando en su equipo con abogados, es primordial para prever y solucionar situaciones antes de que se vuelvan más complicadas de enderezar.

Esperamos haberte ayudado

Consúltanos.

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