¿Puedo hacer barbacoas?

¿PUEDO HACER BARBACOAS EN MI TERRAZA?

¿Puedo hacer barbacoas en mi piso? Esta cuestión no depende de tí si vives en una Comunidad de Propietarios.

En esta época del año nos puede apetecer mucho disfrutar de una buena barbacoa compartida con familiares o amigos en la paz de nuestra terraza.

No parece que ello pueda entrañar grandes dificultades si disponemos de los medios y de la ubicación adecuada para ello, pero no siempre un piso, su terraza o patio, pueden ser un lugar adecuado para ello.

Hacer una barbacoa en nuestra terraza, dentro de nuestra Comunidad, puede ser algo molesto para nuestros vecinos, ya sea por el olor, el humo o el ruido.

Lo primero es conocer  los Estatutos de la Comunidad, por si en ellos hubiera limitaciones o prohibiciones al respecto.  Debemos analizar si existe alguna regla de régimen interno que prohíba el uso de barbacoas o limitaciones en cuanto a actividades que se desarrollen en un elemento privativo.

Si no existen limitaciónes nadie te puede impedir a priori la realización de barbacoas, mientras lo hagas con sentido común y espíritu de convivencia. Se considera que solo produce un perjuicio temporal no sustancial que debe ser tolerado por el resto de vecinos.

Por lo tanto, según la Ley de Propiedad Horizontal, como ya hemos indicado al inicio de este artículo, si en los estatutos pone que está prohibido y se realiza una barbacoa en la terraza el presidente de la comunidad podrá iniciar las acciones necesarias para que cese esta actividad. Si en los Estatutos no figura limitacion al respecto solo habrá que ser «buen vecino» e intentar reducir la molestia a los demás propietarios al mínimo.

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