CAMBIAR DE ADMINISTRADOR DE FINCAS

En algún momento, las comunidades de vecinos deciden cambiar de administrador de fincas.

Pueden tener diferentes motivos para ello, pero los más habituales suelen ser: la falta de confianza hacia la persona y/o  la falta de comunicación eficiente.

Cambiar de administrador de fincas NO es un proceso arduo y muy burocrático, cómo se puede llegar a pensar. El proceso para cambiar de administrador de fincas es bastante sencillo, te lo contamos:

Lo que sí es importante, es que tengamos en cuenta todos los términos que tiene el contrato que se fijó desde el principio de la relación laboral. Para esto, resulta muy útil conocer el código deontológico de administradores de fincas del Consejo General de Colegios Administradores de Fincas España, en él se describen todas las funciones que tiene el administrador, y así podremos verificar si el está o no cumpliendo con sus obligaciones.

En este artículo te explicamos, de manera clara y fácil cuáles son los pasos para cambiar de administrador:

1- Comprueba el contrato para evitar sobrecostes

Cuando se realiza el contrato del administrador, si no se específica lo contrario, la duración del contrato, según la Ley de Propiedad Horizontal, es de un año.

Aunque normalmente, la realidad es que ese período de un año nunca es respetado. Si despedimos antes o después de la renovación, el administrador puede reclamar indemnización por el tiempo faltante para que se cumpla el contrato. Sin embargo, existe una solución, se puede convocar una reunión extraordinaria antes de finalizado el plazo, o plantearle al administrador que complete el año, pero sin indemnización.

Indudablemente la indemnización no la pagaremos en el caso de que el administrador no cumpla sus funciones legales, puesto que está violando el contrato, lo que nos da poder de exigir que se cumpla el contrato y solicitar indemnización por daños.

2- Cumple con los requisitos de la convocatoria de Junta

·         ¿Cómo y cuándo convocar Junta?

Tenemos dos posibilidades:

– Podemos esperar a que la junta convoque a la reunión anual que se hace, allí debe estar presente el administrador que queremos cambiar. Es necesario que nos aseguremos de que la reunión cuente con la cantidad de propietarios requeridos para hacer la votación y que los votos obtenidos a favor del cambio sean mayoría. Todo esto ayudará a evitar confrontaciones violentas.

– La otra opción que tenemos es>:

  • Solicitar una junta extraordinaria, para allí proponer el cambio de administrador. Para que esta opción sea viable es necesario:
  • La aprobación del Presidente de la comunidad. (Esto está expuesto en el artículo 16.1 de la Ley de Propiedad Horizontal)
  • Solicitud por parte de la cuarta parte de los propietarios
  • Solicitud por parte de la cuarta parte de los coeficientes de participación.

En Junta extraordinaria, se debe enviar comunicado al Presidente solicitando que se trate en el Orden del día

 

Si el propietario desea que un punto a tratar sea el cambio de administrador, debe informar al Presidente, por algún medio, preferiblemente escrito y que quede constancia, según exigencias de la Ley. Normalmente, el medio utilizado es vía WhatsApp o correo electrónico.

Para convocar a esta reunión extraordinaria, debemos seguir todas las consideraciones de convocatoria que se exige para hacer las juntas de propietarios en una finca, es decir, que el aviso de la reunión se debe hacer, por lo menos, 7 días hábiles antes de la fecha establecida, también debe colocarse el aviso de convocatoria en la cartelera de anuncios del inmueble.

Una vez sea aprobado el cambio de administrador, levantaremos un acta dónde se expongan los acuerdos establecidos, y que luego de que se cumpla el tiempo requerido, tendrá validez legal.

Una vez el administrador actual sea destituido en la reunión, no es importante elegir a quién ocupará ese cargo, eso puede hacerse en otra junta. La desventaja es que, habrá un período en el que no habrá administrador, lo cual puede generar ciertos problemas económicos. La elección del nuevo administrador debe hacerse de mutuo acuerdo con toda la comunidad de propietarios, no sin antes haber presentado, mínimo, 3 propuestas económicas.

Sé que todo esto parece complicado y algo confuso, son muchos temas legales que se debe considerar, por eso en Fincadelia Mar Menor, te ofrecemos la oportunidad de dejar todo en nuestras manos y contar con el mejor servicio de asesoría para todo lo relacionado con la administración de fincas. No dudes más y contáctanos.

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